
¿Sabías que la próxima gran brecha de seguridad podría ser jurídica y no técnica?
En el ámbito de la ciberseguridad, nuestra atención suele centrarse en controles y dispositivos de seguridad como firewalls, cifrado de datos, sistemas de detección de intrusiones y actualizaciones de seguridad. Generalmente, nos enfocamos tanto en salvaguardar redes, dispositivos e información, que frecuentemente pasamos por alto un componente fundamental: el marco legal.
Un firewall no protegerá de una sanción por almacenar datos personales en archivos sin controles de acceso, sin consentimiento válido o sin cumplir con los principios de proporcionalidad y transparencia, así como un sistema de tipo Zero Trust no evitará una demanda por violar la privacidad de los usuarios o empleados. Las amenazas más costosas no siempre vienen de violaciones a los sistemas; a menudo, se deben a demandas y multas regulatorias.
Implementar soluciones técnicas sin atender los requisitos legales equivale a mantener una vulnerabilidad crítica expuesta: no solo abre la puerta a sanciones económicas cuantiosas y daños reputacionales, sino también a responsabilidades penales, civiles y administrativas. Peor aún, conocer una violación de datos y no reportarla oportunamente o actuar con negligencia puede agravar significativamente estas consecuencias, constituyendo en muchos casos un delito.
Cuando ocurre una brecha de seguridad y se comprometen datos confidenciales de clientes, empleados o usuarios, el impacto legal es inmediato. Si los datos incluyen información sensible como datos clínicos, biométricos o financieros, la situación se agrava. En México, las multas por manejo inadecuado de datos personales pueden superar los 30 millones de pesos. En Europa, bajo el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, por sus siglas en inglés), pueden alcanzar el 4 % de los ingresos globales anuales.
El reto crece cuando una empresa opera a nivel internacional, ya que debe cumplir simultáneamente con distintas leyes según su constitución, infraestructura y nacionalidad de sus clientes. La convergencia de normativas convierte el cumplimiento en una tarea estratégica que requiere tanto conocimiento técnico como legal. Y este es solo un ejemplo.
A diario, empresas y usuarios enfrentan delitos o actos fraudulentos como suplantación de identidad, accesos no autorizados, ataques de denegación de servicio (DDoS) o ciberespionaje mediante malware; sin embargo, más allá del impacto técnico, estos incidentes conllevan graves consecuencias jurídicas que deben analizarse con el mismo rigor que sus medidas tecnológicas.
Conocer la ley solo después de un incidente no es una opción, es una irresponsabilidad costosa, pues la verdadera protección comienza con un enfoque preventivo, integrando desde el primer momento los requisitos legales en la estrategia de ciberseguridad. Esta visión no solo mitiga riesgos, sino que transforma al cumplimiento normativo en un escudo estratégico.
Fuentes de consulta:
- México. (2025). Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO). Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPDPPSO.pdf
- México. (2025). Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP). Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf
- Unión Europea. (2016). Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos). Recuperado de https://gdpr-info.eu/
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